viernes, 14 de diciembre de 2012

Desaparición forzada y tortura continua


No es menos que eso, y por supuesto que es más. Y el paralelismo con los crímenes de lesa humanidad en la segunda mitad del '70 es inevitable. Al respecto, Eva Giberti se centra en un punto: el testimonio de las víctimas como elemento de prueba, algo indiscutido en los tardíos juicios contra la dictadura cívico-militar:

Era algo de lo que se temía cuando discutíamos el proyecto de ley. Acabamos de presenciar que sucedió lo anticipado por algunas de las personas con las que nos reuníamos: hay que proteger los derechos y garantías de los que son injustamente acusados por víctimas que no son creíbles porque son prostitutas. En realidad no era exactamente ése el argumento en aquella época, pero correspondía cuidar los derechos de los acusados.
Por eso escribo recordando esas discusiones, ganadas por quienes sostenían tales principios e incorporando ese criterio a la ley, “estando a derecho”.
Por otro lado, opuesto, exponíamos la lógica de los derechos humanos: la víctima es la víctima, cualquiera sea su edad y su situación inicial ha sido victimizada en situación de esclavitud y, desde allí, sus declaraciones que incriminen a los rufianes pueden considerarse válidas. Pero el tiempo nos corría y era necesario que se legislara de una buena vez acerca de la trata, y los “matices” podrían mejorarse después.
Así sucedió en el año 2011 con la media sanción del Senado. Ahora volveremos a la antigua discusión, cuando Diputados se encuentre con el Código Penal y las limitaciones que imponga en materia de condenas, y con los derechos y garantías de los proxenetas, que no fueron obstáculo durante los años en los que Alfredo Palacios logró, mediante su ley y según lo describen las fuentes históricas, que alrededor de 500 proxenetas y rufianes aposentados en la ciudad de Buenos Aires huyeran a las provincias.
Ahora sabemos que los testimonios de las víctimas –no importa cómo hayan sido obtenidos, en qué situación, a cargo de quiénes los interrogatorios– no constituyen prueba suficiente para que alguien sea reconocido como autor de un delito o responsable. También hemos logrado verificar que hay jueces particularmente sensibles al rigor de las pruebas cuando las testigos son víctimas mujeres que han sido prostituidas por sus vecinos y conocidos.
También vimos y escuchamos que esas víctimas ya han sido marcadas por Susana Trimarco como “sus hijas”, que “están allí”, temiendo por sus vidas y por su seguridad. La voz de Susana Trimarco, que ya no es la misma, no duda en ponerles nombre y apellido a jueces, magistrados, funcionarios, y los denomina sinvergüenzas, descarados y atorrantes; así pronunció la advertencia que resulta de su historia personal: “¡Que no se atrevan a tocarlas!”. Lo sostuvo de cara a la población que la acompañaba, aquel 12 del 12 del 2012.

Porque Susana Trimarco sabe, y somos multitud quienes no lo dudamos, que la inocencia está absuelta, en libertad y protegida por los señores del poder y sus acólitos uniformados y de civil. De esa peligrosa inocencia le hablan a Susana Trimarco, que es la misma que se queda callada cuando le preguntan dónde está y qué le han hecho a Marita Verón.
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-209871-2012-12-14.html

El estado argentino, tardíamente, es pionero en el juzgamiento de las violaciones de derechos humanos, pero hoy demuestra sus limitaciones cuando de juzgar a civiles poderosos se trata. Empresarios, miembros del poder judicial, de las fuerzas de seguridad/penitenciarias y funcionarios políticos; todos en los nudos de la red de trata. En este punto, y será respuesta ya de los que de leyes y constitución la saben lunga, habrá que determinar si las mujeres, niñas o jóvenes, son o no un sector discriminado, diferenciado del sociedad, por su condición de género o edad, donde el estado, en sus patas enumeradas anteriormente, permite, favorece la tortura, la desaparición y la prostitución de manera generalizada y sistemática, y si entonces, son o no crímenes de lesa humanidad.

Acá marco teórico.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

No es cuestión de irse conceptualmente a Tucumán para indignarse con lo de la trata, más bien recuerde quién tiene la concesión de la confitería de la terminal de Dorrego, y de las relaciones del dueño con el poder político local gobernante. Usted que anda en política, no debe desconocer que armaría lindo batifondo mediático a escala nacional con tal situación...

Nos Disparan desde el Campanario dijo...

A la par de la segura apelación del fallo puntual sobre Marita Verón, y que no tengo dudas que será revisado, me sigue llamando la atención que ningún fiscal de la provincia haya tomado de oficio el caso de chicas que prestaron testimonio sobre la red existente. En oportunidades y conceptualmente lo que no hace la justicia, lo que omite, es bastante peor de lo que hace mal. Esto último tiene instancias de reparación utilizando otros resortes legales, aquello intenta ser un "ya fue". Cómo puede ser que el propio juez haya afirmado como probable que el caso de Marita quede impune. Dentro de su lógica no observa como probable el formato de los juicios por la verdad.
Coincido con el concepto de que el abuso de género agravado ("habrá que determinar si las mujeres, niñas o jóvenes, son o no un sector discriminado, diferenciado del sociedad, por su condición de género o edad, donde el estado, en sus patas enumeradas anteriormente, permite, favorece la tortura, la desaparición y la prostitución de manera generalizada y sistemática") debe ser considerado delito de lesa humanidad.

LinkWithin

Related Posts with Thumbnails